La promulgación de la ley del Presupuesto 2023 —que el Gobierno aprobó por medio del decreto 799— llegó acompañada de una salvedad regulatoria que involucra a los aumentos tarifarios en el servicio eléctrico que tienen en carpeta para el próximo año tanto las autoridades energéticas nacionales, como las administraciones provinciales.
El Poder Ejecutivo decidió “observar” el tercer párrafo del tercer párrafo del artículo 89 de la ley 27.701 que habilitaba la aplicación de un ajuste generalizado en las tarifas de las distribuidoras eléctricas de todo el país.
Los aumentos en danza debían implementarse en un plazo de 90 días con el fin de que las distribuidoras y cooperativas del interior destinen lo recaudado a cancelar las deudas que tienen acumuladas con la CAMMESA por la energía que reciben del sistema eléctrico nacional.
Tras señalar que ese segmento de artículo 89 había sido introducido en el ámbito del Congreso, el Gobierno justificó el veto parcial destacando que “regula cuestiones vinculadas con los cuadros tarifarios que no se ajustan a los marcos regulatorios vigentes” y que “la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de energía resulta potestad del Poder Ejecutivo Nacional”.
El decreto consignó que “resulta necesario observar el tercer párrafo del artículo 89 del proyecto de ley sancionado toda vez que podría ser considerado como una intromisión en el ámbito provincial, ya que la regulación en el sistema de distribución de la energía eléctrica es de competencia provincial/municipal, excediendo las facultades delegadas a la Nación”.
De esta manera, quedó sin efecto el plazo de tres meses que se había previsto para que las provincias aprueben un incremento tarifario específico que les permita a las distribuidoras y cooperativas eléctricas ponerse al día con las facturas atrasadas con la CAMMESA.
En cambio, lo que no se vio alterado es el párrafo que impone “un plazo no mayor a 90 días para realizar las revisiones tarifarias integrales (RTI) de las empresas distribuidoras eléctricas del Área Metropolitana de Buenos Aires”.
Se trata de las renegociaciones contractuales definitivas para Edenor y Edesur que deberían llevar adelante las autoridades de la Secretaría de Energía y el ENRE.
Adecuación transitoria de tarifas
Hasta ahora, lo que ha hecho el organismo regulador conducido por el massista Walter Martello es convocar a una audiencia pública que tendrá lugar el 23 de enero próximo para tratar y analizar los pedidos de aumentos de las distribuidoras eléctricas metropolitanas.
En principio, esos incrementos en juego corresponden a una nueva “adecuación transitoria de tarifas” y no a las RTI que deben incluir los planes de inversiones y los niveles de ingresos que regirán durante un quinquenio para las distribuidoras.
Una vez cumplido el trámite de la audiencia -que no será vinculante y se desarrollará por medio de una plataforma digital-, la secretaría de Energía que encabeza la salteña y también massista, Flavia Royón, estará en condiciones de aprobar los nuevos cuadros tarifarios que se aplicarán a partir de febrero para mejorar los ingresos específicos de Edenor y Edesur.
Del texto recortado del artículo 89 del Presupuesto, quedaron en pie los tres párrafos referidos al nuevo esquema que regirá para el pago de las deudas y las facturas corrientes con CAMMESA.
El primero de ellos estipula que “el Poder Ejecutivo nacional, las provincias y los municipios -como titulares del servicio público de distribución de energía eléctrica de su respectiva jurisdicción- deberán controlar el estricto cumplimiento del pago de las transacciones por consumos de energía, potencia y sus conceptos asociados, por parte de los prestadores del servicio público de distribución de energía eléctrica, estableciéndose un período de seis meses, desde la entrada en vigor de la presente ley, a fin de que cada jurisdicción concedente determine un mecanismo para el pago de las facturas emitidas y que en un futuro emita la CAMMESA”.
El segundo determina que la Secretaría de Energía ” establecerá una unidad de medida de valor homogénea vinculada a las transacciones por consumos que asegure el valor del crédito e implementará un plan de regularización de deuda de hasta 96 cuotas mensuales.
Y completa la redacción el tercer párrafo que indica que “para el caso de las distribuidoras, administraciones o empresas provinciales de energía eléctrica que al 30 de septiembre del 2022 no tengan deuda con la CAMMESA, la Secretaría de Energía establecerá mecanismos especiales de reconocimiento de créditos en los términos que establezca la reglamentación”.
Edenor y Edesur, las principales deudoras de CAMMESA
Encabezadas por Edenor y Edesur, más de 30 distribuidoras y cooperativas eléctricas dejaron de liquidar la totalidad de las facturas a la CAMMESA para atender con esos fondos no girados los pagos de salarios y las obras de mantenimiento que no podían afrontar con sus ingresos tarifarios.
Según los últimos registros de octubre, las deudas por cobrar que tiene la administradora del mercado mayorista eléctrico superan los $550.000 millones. Prácticamente la mitad de ese total son deudas de Edenor y Edesur. La otra mitad, corresponde a distribuidoras provinciales y cooperativas del interior.
Para regularizar las deudas atrasadas, las autoridades energéticas que dependen del ministro de Economía, Sergio Massa ya delinearon -en línea con lo que prevé la ley de Presupuesto- un generoso programa de salvataje que contiene tres beneficios significativos: un período de gracia de seis meses para comenzar a pagar, un plazo de cancelación de hasta 96 cuotas mensuales y la aplicación de una tasa de interés equivalente al 50% de la vigente para las transacciones en el mercado eléctrico mayorista (MEM).
Fuente: cronista.com