LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a interesados a realizar manifestaciones de interés para gestionar y financiar o cofinanciar con otros interesados o con el ESTADO NACIONAL ampliaciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión con el objetivo de incrementar la capacidad de transporte que permita el ingreso de nueva oferta de generación y el transporte de la energía eléctrica generada hasta los centros de consumo del SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI). Asimismo, los interesados podrán acompañar propuestas de mecanismos de comercialización de energía y condiciones que permitan instrumentar las manifestaciones de interés propuestas.
ARTÍCULO 2°.- Convócase a interesados a realizar manifestaciones de interés para realizar aportes económicos a fines de gestionar y financiar o cofinanciar con otros interesados la ejecución de ampliaciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión con el objetivo de promover el abastecimiento de explotaciones mineras ubicadas en áreas aisladas, mediante la construcción de líneas de transporte a vincularse con el SADI. Asimismo, los Interesados podrán acompañar propuestas de condiciones que permitan instrumentar las manifestaciones de interés propuestas.
ARTÍCULO 3º.- La SECRETARÍA DE ENERGÍA pone a disposición de los interesados un listado de obras de infraestructura base que, como Anexo I (IF-2023-68733856-APN-DNTYDE#MEC), forma parte integrante de la presente medida. La SECRETARÍA DE ENERGÍA podrá considerar otras obras de transporte a propuesta de los Interesados en tanto cumplan la normativa vigente y se ajusten a los principios establecidos en la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Las manifestaciones de interés deberán realizarse desde la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina hasta los NOVENTA (90) días corridos posteriores según las condiciones establecidas en los Términos de Referencia que, como Anexo II (IF-2023-68736360-APN-DNTYDE#MEC), forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Se instruye a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a organizar y dar a publicidad, dentro de los DIEZ (10) días corridos de publicado el presente acto, un procedimiento de recepción y evaluación de las manifestaciones de interés recibidas; a recabar e incorporar la opinión técnica del Concesionario TRANSENER o de las Distribuidoras Troncales correspondientes sobre aquellas ampliaciones no listadas en el Anexo I (IF-2023-68733856-APN-DNTYDE#MEC) que integra la presente medida; y a elevar un informe con los resultados de su análisis a la SECRETARÍA DE ENERGÍA, o a quien ésta determine, dentro del plazo establecido en el Anexo II (IF-2023-68736360-APN-DNTYDE#MEC) que integra la presente medida.
La información contenida en las manifestaciones de interés se considerará de carácter reservado. Las manifestaciones realizadas en el marco de esta convocatoria no generarán obligación alguna por parte de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ni de CAMMESA, como así tampoco otorgará derechos de índole alguna a quienes las presenten para etapas posteriores del proceso.
ARTÍCULO 6°.- Luego de recibir el informe encomendado por el Artículo 5° de la presente medida, y teniendo presentes las manifestaciones de interés por cada tramo de línea de transporte propuesto del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y sobre aquellas ampliaciones propuestas, la SECRETARÍA DE ENERGÍA publicará un listado de Ampliaciones y las condiciones más convenientes que surjan de las manifestaciones de interés.
ARTÍCULO 7°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría a dictar los actos que sean necesarios y evacuar las consultas que se efectúen durante el período precitado.
ARTÍCULO 8°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.